Marinero de Máquinas
650,00 €
✅ Permite al alumno incorporarse a la guardia de la cámara de máquinas de buques civiles, realizando funciones de apoyo en el servicio de máquinas.
✅ El título profesional habilita para formar parte del equipo de guardia de la sala de máquinas, excepto en buques pesqueros.
✅ También permite operar motores de hasta 150 kW, siempre que se cumpla un periodo mínimo de embarque de 6 meses y se disponga de la autorización correspondiente de la Dirección General de la Marina Mercante.
Condiciones y requisitos
✅ Haber superado el curso de formación homologado por la Dirección General de la Marina Mercante, conforme a los requisitos establecidos en la sección A-III/4 del Código STCW, o disponer de la unidad de competencia correspondiente que incluya las capacidades profesionales asociadas a esta titulación.
✅ Haber completado un período de embarque en buques civiles de al menos dos meses, realizando funciones profesionales relacionadas con la guardia de máquinas. Quedan exentos de acreditar este período los alumnos en prácticas de máquinas que presenten un certificado emitido por un centro oficial donde se confirme el cumplimiento de las disposiciones recogidas en las secciones A-III/4 y A/VI del Código STCW.
✅ Disponer de un reconocimiento médico en vigor emitido por el Instituto Social de la Marina, de acuerdo con la regla I/9 del anexo del Convenio STCW y la sección A-I/9 del Código STCW, en el momento de solicitar la expedición del título. Este certificado no será necesario si el solicitante ya cuenta con un certificado médico de aptitud para el embarque vigente, emitido por el Instituto Social de la Marina.
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